Conoce la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

-Arrojar a la vía objetos que pueden provocar un accidente te hará perder 6 puntos.

-Para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, deberás hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos.

-Está prohibido parar o estacionar en el carril bici o en vías ciclistas, su incumplimiento se considera una infracción grave.

-Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Supone la pérdida de 3 puntos.

-El plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos.

-Ya no será necesario llevar físicamente tu permiso de conducir. Gracias a la App miDGT, podrás acreditar que tienes autorización para conducir.

Vehículos de ciclomotor:

-Podrás utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco de protección para fines de comunicación o navegación.

-Conducir sin usar el casco o no hacerlo de forma adecuada te hará perder 4 puntos.

Vehículos de movilidad personal (por ejemplo patinetes eléctricos):

-Si eres menor de edad y conduces, tu tasa de alcohol es 0,0.

-Está prohibido circular por autopistas y autovías.

Ciclistas:

-Si eres menor de edad y conduces, tu tasa de alcohol es 0,0.

-Para proteger al ciclista se ha implementado normas para los demás vehículos como la prohibición de parar o estacionar en el carril bici o en vías ciclistas o que para adelantar a una bicicleta deberán hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido y en vías de un solo carril, tendrán que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros.

Fuente: www.dgt.es

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