Las autoridades recuerdan que, según el Reglamento General de Circulación (RGC), sólo está permitida la instalación de láminas homologadas en las ventanillas traseras, y usar cristales tintados sin cumplir con la normativa puede acarrear multas de hasta 200€.
En los últimos meses, se ha producido un aumento notable de multas a vehículos que circulan con lunas excesivamente tintadas en España. La clave está en el art. 19 del Reglamento General de Circulación (RGC), que regula el uso de láminas y cortinillas en las ventanillas del coche.
Según el texto legal, sólo se permite instalar láminas adhesivas homologadas o cortinillas contra el sol en las ventanillas traseras y la luneta del vehículo, siempre que este cuente con dos espejos retrovisores exteriores. Por el contrario, está prohibido oscurecer el parabrisas o las ventanas delanteras, dado que ello compromete la visibilidad y, por tanto, la seguridad vial.
En cuanto a los costes de la infracción, la legislación establece que circular con lunas tintadas sin homologar puede suponer una sanción de hasta 200€. Además, aunque en España la multa no lleva aparejada pérdida de puntos del carné, en otros países, como Francia, sí se combinan ambas sanciones.
Si decides instalar láminas tintadas a posteriori en tu vehículo, es imprescindible que el taller esté especializado y que la cinta instalada incluya marcaje de homologación con el fabricante, modelo y características técnicas. De lo contrario, además de enfrentarte a la multa, podrías tener problemas con tu seguro si hay necesidad de sustitución del cristal.
En resumen: si utilizas lunas tintadas en tu coche, asegúrate de que cumplen los requisitos del RGC; de lo contrario, la multa puede llegar de forma inesperada.
Fuente: motor.elpais.com
